Què
podria aportar el seu partit al Govern que es pot
formar?
Los populares
seremos decisivos porque ningún otro
partido puede garantizar que el cambio real se produzca.
Quien ha formado parte del tripartito o el que los
ha seguido no lo puede garantizar porque es corresponsable
del desbarajuste de estos tres años. No es
necesario palabras, sobre los hechos de toda la legislatura...
Para que se hable
de lo que habla la gente porque durante estos tres
años ha existido un divorcio entre lo que la
Generalitat hacia y los problemas reales de la gente.
La gente no se ha sentido representada en su gobierno
porque no entendía los debates y las batallas
de sus políticos. Hemos sido el único
partido que lo hemos denunciado y lo repetimos constantemente
durante el debate estatutario. Volver al sentido común
significa:
- Un
gobierno que habla de lo que hablan los catalanes.
- Un
gobierno más preocupado de la gestión
que de la identidad.
- Un
gobierno que hable claro y actúe con sentido
común.
- Un
gobierno más preocupado por el futuro que por
el pasado.
- Un
gobierno austero que gasta en lo que les importa a
los catalanes.
Com podria afectar el nou
Govern al municipi?
El Estatut, contiene,
deficiencias en asuntos como la auto-organización,
las relaciones interadministrativas y la financiación
local.
Esto deja completamente
abierto el funcionamiento de los entes locales y lo
subyuga a la Generalitat. Estos dependerán
del tipo de gobierno que este en la generalitat y
de las leyes que esta promulgue.
Algunos ejemplos
de lo expuesto:
La Autonomía
Local
El artículo
86, especifica, que el municipio es el ente local
básico de la organización territorial
y el medio esencial de participación de la
comunidad local en los asuntos públicos. El
apartado 5 dice que corresponde a la Generalitat el
control de la adecuación al ordenamiento jurídico
de los actos y acuerdos adoptados por los municipios
y, si procede, la impugnación correspondiente
a la jurisdicción contenciosa administrativa,
sin perjuicio de las acciones que el Estado pueda
emprender en defensa de sus competencias.
Relaciones
interadministrativas
El texto reconoce
la iniciativa legislativa sólo a los "entes
supramunicipales de carácter territorial"
establecidos en el propio Estatuto (Veguerías
y Comarcas), excluyendo a los municipios, a los que
sí reconoce la facultad de proponer al Parlament
que ejerza la iniciativa de reforma del Estatuto -artículos
217.1,a) y 218.1ª)-, aunque no se precisa si
el Parlament estará obligado o no a atender
la propuesta.
Las Competencias
El Estatut establece
un listado de competencias sobre las que las leyes
sectoriales autonómicas determinarán
las competencias que, en cada uno de los ámbitos,
corresponderán a las Entidades Locales. Sin
embargo, no recoge un listado de competencias propias
de los municipios, ya que tan sólo se limita
a garantizar el "núcleo de competencias
propias" sin concretar cuál ha de ser
su contenido.
Financiación
El artículo
223.2, que atribuye a la Generalitat la capacidad
de distribuir entre las Entidades Locales las "participaciones
en tributos y en subvenciones incondicionadas estatales",
con la única condición de respetar los
"principios, objetivos o estándares mínimos
que fije el Estado por ley". Esto, contiene el
riesgo de ruptura de la unidad del sistema financiero
local vigente en la actualidad.